En respuesta a esta evolución, en 1977 se aprobaron dos Protocolos adicionales a los cuatro Convenios de Ginebra de 1949. Estos instrumentos refuerzan la protección que se confiere a las víctimas de los conflictos internacionales (Protocolo I) y de los conflictos no internacionales (Protocolo II) y fijan límites a la forma en que se libran.. garantizarles a las mujeres el pleno goce de los derechos humanos y la igualdad de oportunidades en todos los niveles de la vida política, económica y pública; mejorar y garantizar el acceso de las mujeres a los avances en materia de salud y desarrollo, en particular de salud sexual y reproductiva, que siempre deben promover una salud.

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6 C OMITÉS DE B IOÉTI C A Y P ARTI C IP A C IÓN P Ú B LI C A Las Guías N.º 4 y N.º 5 están dirigidas a orientar y asistir a los comités de bioética en sus esfuerzos de promoción del debate y la participación públicos, a fin de generar. Artículo 1 - Alcance. 1. La Declaración trata de las cuestiones éticas relacionadas con la medicina, las ciencias de la vida y las tecnologías conexas aplicadas a los seres humanos, teniendo en cuenta sus dimensiones sociales, jurídicas y ambientales. 2. La Declaración va dirigida a los Estados.